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Resuelta

Es objeto de esta contratación la prestación de los servicios complementarios al funcionamiento de los órganos de inspección tributaria del Ayuntamiento de Marchamalo, para la realización de aquellos trabajos de colaboración en la inspección de los ingresos municipales, así como prestaciones compensatorias, siempre que éstas no impliquen ejercicio de autoridad ni custodia de fondos públicos.

Presupuesto Base

207.447,82

Sin Impuestos

129.790,37

Importe Total

157.046,34

Contratación: 23/06/2021
Actualización: 13/07/2021 11:35

Adjudicaciones

PENTEO ANALISTA TIC SA

A87013645

17.908,00€

Final: 14.800,00€

Proveedor único de la actividad.

100 27/11/2020 1

MARIA PILAR MORENO LURI

73177850S

44.853,01€

Por ser el mejor valorado y el único licitador presentado

1 09/10/2020 1

Colaboración Tributaria Madrid S.L.

B87012639

15,00€

PRIMERO. Adjudicar a la mercantil Colaboración Tributaria Madrileña, S.L., con CIF número B87012639, el contrato de la prestación de los servicios complementarios al funcionamiento de los órganos de inspección tributaria del Ayuntamiento de Marchamalo, tramitado mediante procedimiento abierto, tramitación ordinaria, contrato no sujeto a regulación armonizada. SEGUNDO. La retribución al contratista consistirá en el derecho a percibir un porcentaje del 15 % del importe de deudas tributarias y sanciones que se estima pudiera ser liquidado y cobrado, a resultas de las actuaciones de inspección a realizar con la colaboración objeto del presente contrato; y primas previstas en el pliego de cláusulas administrativas particulares en relación a la oferta presentada. TERCERO. Las características y ventajas determinantes para seleccionar la oferta prestada por Colaboración Tributaria Madrileña, S.L. son las recogidas en el acta de la Mesa de Contratación de fecha 30/04/2021, en especial la mejor valoración de la Memoria del Servicio (37 puntos frente a los 29 del otro licitador). CUARTO. Disponer el gasto correspondiente en caso de conformidad del informe de fiscalización que se emita por la Intervención. QUINTO. Dar cuenta de la presente Resolución a Intervención y a Tesorería a los efectos de practicar las anotaciones contables que procedan. SEXTO. Publicar anuncio de adjudicación en el perfil de contratante en plazo de 15 días. SÉPTIMO. Designar como responsable de la ejecución del contrato a la concejala titular del Área de Economía y Hacienda. OCTAVO. Notificar la adjudicación a los licitadores que no han resultado adjudicatarios y autorizar la devolución de la garantía provisional por ellos prestada. NOVENO. Notificar a Colaboración Tributaria Madrileña, S.L. la presente Resolución y citarle para la firma del contrato. DÉCIMO. Publicar anuncio de formalización del contrato en el Perfil de contratante en plazo no superior a quince días tras la perfección del contrato y con el contenido contemplado en el anexo III de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. UNDÉCIMO. Publicar anuncio de formalización del contrato en el «Diario Oficial de la Unión Europea» a más tardar 10 días después de la formalización del contrato. DUODÉCIMO. Comunicar al Registro de Contratos del Sector Público los datos básicos del contrato incluyendo la identidad del adjudicatario, el importe de adjudicación, junto con el desglose correspondiente del Impuesto sobre el Valor Añadido. DECIMOTERCERO. Remitir al Tribunal de Cuentas una copia certificada del documento en el que se hubiere formalizado el contrato, acompañada de un extracto del expediente en que se derive. Todo ello, dentro de los tres meses siguientes a la formalización del contrato.

1 23/06/2021 1

Ubicación

Guadalajara

Contacto y Plazos

Fecha Límite Presentación

21/04/2021 14:00h

Ver cláusula 9.2. del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

Duración

2 Años

Prórrogas: El plazo de duración del contrato será de dos años, contados a partir de la fecha de formalización del mismo, siendo susceptible de prórroga por un añ...

Criterios de Adjudicación

Memoria para la prestación del servicio 41%
Equipo de trabajo 9%
Oferta económica 50%

Requisitos de Solvencia

Técnica

  • Ver cláusula 8.2.2. del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
  • Ver cláusula 8.2.2. del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.