Visto que por Acuerdo de la JGL, en sesión extra celebrada en fecha 3_08_2020, se aprueba el expediente de contratación así como los PCAP y de PT que rigen el contrato de servicios para el desarrollo de los cursos de la Escuela Municipal de Teatro y desarrollo de actividades complementarias, por procedimiento abierto y varios criterios de adjudicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 131 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público .Visto que el procedimiento de adjudicación se inicia con la convocatoria de la licitación, mediante anuncio en el Perfil de contratante del Ayto de Albal, ubicado en la Plata de Contra del Sector Público, iniciándose el plazo de presentación de ofertas durante 15 días naturales, hasta el día 24 de agosto de 2020.Vistas las ofertas presentadas dentro del plazo establecido, de acuerdo con el certificado de Secretaria de fecha 26 de agosto de 2020.Visto que en fecha 31 de agosto de 20210, se reune la Mesa de Contratacion para examen de la documentación administrativa contenida en el Sobre A, y una vez comprobada, se determina suspender el acto y convocar nueva sesión para, en acto público, proceder a la apertura del sobre B (Proyecto de ejecucion del servicio)Visto que en fecha 7_09_2020 la Mesa vuelve a reunirse para proceder a la apertura del Sobre B y remitir el proyecto para informe de valoracion.Visto que en fecha 17 de septiembre de 2020 la Mesa vuelve a reunirse para dar lectura publica al informe de valoracion del Sobre B, emitido por la Tecnica del departamento municipal de cultura, cuya conclusion se resume en la siguiente tabla:(…)Visto que, seguidamente y en la misma sesion, la Mesa procede a la apertura del Sobre C (Proposicion economica y otras mejoras objetivas) calculando la puntuacion de conformidad con las fórmulas establecidas.Vistas las mencionadas actas de la Mesa, se concluye que el resultado es el que a continuación se indica, de acuerdo con los criterios de adjudicación previstos en la cláus 10ª del PCAP:(…)Examinada la documentación incorporada en el expediente, de acuerdo con la misma y de conformidad con lo establecido en el artículo 150 y DA Segunda de la LCSP, la Mesa acuerda clasificar las proposiciones presentadas por los licitadores por el siguiente orden decreciente:(…)Visto que por Decreto de Alcaldía nº2020/2033, de fecha 21_09- 2020, con reg de salida n.º 2688, se requiere a Amparo Oltra García (NIF 21670397G) para que, en el plazo de diez dias habiles, a contar desde el día siguiente a la recepcion de dicho requerimiento, presente la documentacion prevista en la clausula 15ª del PCAP.Visto que Amparo Oltra García. en fecha 30/09/2020, con registro de entrada n.º 5172, y en fecha 05/10/2020, con registro de entrada n.º 5281 presenta correctamente la documentación requerida, así como documento acreditativo de haber constituido garantía definitiva (mediante transferencia) por importe de 1.960 euros.Visto el informe emitido por la Tesorería municipal, de fecha 01/10/2020, sobre certificado negativo de deudas municipales.Visto el informe emitido por la Intervención municipal, de fecha 14/10/2020.2. Fundamentos de derecho. Legislación aplicable: (...)3. Conclusión.Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la legislación aplicable procediendo la resolución de su adjudicación, de acuerdo con el art 151 y la Disposición Adicional Segunda de la LCSP.