Incoado expediente para la contratación del Arrendamiento sin opción de compra, mediante renting, de un vehículo industrial, nuevo y carrozado para el Departamento de Obras, por procedimiento abierto, mediante una pluralidad de criterios de adjudicación.
Resultando que durante el plazo reglamentario se han presentado seis proposiciones correspondientes a las Empresas:
-ALQUIBER QUALITY, S.A.
-ANDACAR 2000, S.A.
-CRONORENT, S.L
-EUPRAXIA CAR, S.L.
-FRAIKIN ASSETS SAS, SUCURSAL EN ESPAÑA
-GUMAR RENTING, S.L.
Vista el acta de la Mesa de Contratación, de fecha 3 de Julio de 2.020, de calificación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos y el acta de fecha 15 de Julio de 2.020, de apertura de criterios valorables en cifras o porcentajes, en la que consta proponer la selección para la adjudicación del contrato a favor de la Empresa CRONORENT, S.L., como autora de la proposición económica más ventajosa, de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos en el pliego, con una cuota mensual de 854,00.-€, IVA excluido, haciendo un total de 1.033,34.-€, IVA incluido, con 48 mensualidades y con las mejoras ofertadas.
Por Decreto de Alcaldía de fecha 21 de Julio de 2020, se adoptó la resolución de la clasificación de las proposiciones admitidas, atendiendo a los criterios de adjudicación establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, con el siguiente resultado:
Nª DE ORDEN EMPRESAS IMP. CUOTA MENSUAL EXC. KM KM NO RECORRIDOS MEJORAS CAJA BASCULANTE TOTAL PUNTOS
1 CRONORENT, S.L
854,00.-€
30,66 Puntos 0.-€
5 Puntos 0,15.-€
5 Puntos 20 Puntos 20 Puntos 80,66
2 FRAIKIN ASSETS SAS, SUCURSAL EN ESPAÑA 825,00.-€
50 Puntos 0.-€
5 Puntos 0,09.-€
4 Puntos 0 20 79
3 ALQUIBER QUALITY,S.A. 875,00.-€
16,66 Puntos 0,01.-€
4 Puntos 0,04.-€
2 Puntos 0 20 Puntos 42,66
4 EUPRAXIA CAR, S.L. 895,00.-€
3,33 Puntos 0,05.-€
2 Puntos 0,05.-€
3 Puntos 0 20 28,33
5 ANDACAR 2000, S.A. 899,00.-€
0,66 Puntos 0.-€
5 Puntos
0,03.-€
1 Punto 0 10 Puntos 16,66
6 GUMAR RENTING SL 891.08.-€
5,94 Puntos 0,02.-€
3 Puntos 0,03.-€
1 Punto 0 0 9,94
En esa misma sesión se acordó requerir a la empresa seleccionada CRONORENT, S.L., para que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que recibiera ese requerimiento, presentara la documentación justificativa, de conformidad con el art. 140 de la LCSP, y que se especificaba en la cláusula 21 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado, así como constituyera la garantía definitiva que ascendía a la cantidad de 2.049,60 Euros, equivalente al 5% del importe de adjudicación del contrato, excluido IVA.
Dentro del plazo conferido al efecto, la empresa CRONORENT, S.L., presentó la documentación justificativa, de conformidad con el art. 140 de la LCSP, y que se especificaba en la cláusula 21 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado, así como el documento, de fecha 30 de Julio de 2.020, acreditativo de la constitución de la garantía definitiva que ascendía a la cantidad de 2.049,60 Euros, equivalente al 5% del importe de adjudicación del contrato, excluido IVA.
Visto todo lo cual, en uso de la facultad que me confiere la legislación vigente.