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Resuelta

Servicio para la realización de 250 test de diagnóstico rápido COVID-19.

Presupuesto Base

Sin Impuestos

15.000,00

Importe Total

15.000,00

Contratación: 10/06/2020
Actualización: 19/06/2020 14:19

Adjudicaciones

CENTRO MEDICO LAMAR, S.L.

B13265657

15.000,00€

En relación con el contrato relativo al servicio para la realización de “250 TEST DE DIAGNÓSTICO RÁPIDO COVID-19”, como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por este virus. Resultando: 1. Que en fecha 14 de Marzo de 2020, se publica Real Decreto 463/2020, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. 2. Que en fecha 13 de Marzo de 2020, se publica Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19. 3. Que es indispensable disponer de un número de test rápidos que permitan identificar empleados de este Ayuntamiento que portan el virus, para así poder tomar medidas preventivas en aras de evitar un mayor número de contagios, tal y como recoge el informe del Departamento de Recursos Humanos. Considerando: 1. En virtud de la Disposición final segunda del Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, por la que se modifica el artículo 16 en sus puntos 1 y 2 del citado Real Decreto-ley 7/2020, y que señala : “La adopción de cualquier tipo de medida directa o indirecta por parte de las entidades del sector público para hacer frente al COVID-19 justificará la necesidad de actuar de manera inmediata, siendo de aplicación el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. De acuerdo con la previsión establecida en el párrafo anterior, a todos los contratos que hayan de celebrarse por las entidades del sector público para atender las necesidades derivadas de la protección de las personas y otras medidas adoptadas por el Consejo de Ministros para hacer frente al COVID-19, les resultará de aplicación la tramitación de emergencia.” 2. Además, y atendiendo al principio de protección de la salud de todas las personas en general, y de los trabajadores de este Ayuntamiento en particular, queda, por tanto, acreditado que la contratación del servicio referido por tramitación de emergencia, está plenamente justificada, a tenor de lo previsto en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Visto el informe anteriormente citado, y en uso de la facultad que me confiere la legislación vigente.

3 10/06/2020 3
Categoría: Servicios de análisis médicos.

Ubicación

Ciudad Real

Contacto y Plazos

Duración

1 Meses

Prórrogas: No procede

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