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Resuelta

Suministro de 45.000 mascarillas quirúrgicas homologadas, y como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.

Presupuesto Base

30.330,00

Sin Impuestos

30.330,00

Importe Total

30.367,80

Contratación: 30/04/2020
Actualización: 03/06/2020 14:41

Adjudicaciones

LAF DECOM, S.L.

B88526033

30.367,80€

Final: 30.330,00€

En relación con el contrato relativo a suministro de 45.000 mascarillas quirúrgicas homologadas, y como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Resultando: 1. Que en fecha 14 de Marzo de 2020, se publica Real Decreto 463/2020, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. 2. Que en fecha 13 de Marzo de 2020, se publica Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19. 3. Que la estadística en el número de contagios en nuestra localidad ha alcanzado una cuota considerable, consecuencia del impacto causado sobre la salud por el virus COVID-19. 4. Teniendo en cuenta que la utilización de mascarilla reduce considerablemente el riesgo de contagio, y habiendo recibido oferta de empresa capacitada para realizar el suministro de referencia, se propone adjudicatario para llevar a cabo el mismo y por el precio ofertado, según consta en informe redactado por el Departamento de Recursos Humanos. Considerando: 1. En virtud de la Disposición final segunda del Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, por la que se modifica el artículo 16 en sus puntos 1 y 2 del citado Real Decreto-ley 7/2020, y que señala : “La adopción de cualquier tipo de medida directa o indirecta por parte de las entidades del sector público para hacer frente al COVID-19 justificará la necesidad de actuar de manera inmediata, siendo de aplicación el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. De acuerdo con la previsión establecida en el párrafo anterior, a todos los contratos que hayan de celebrarse por las entidades del sector público para atender las necesidades derivadas de la protección de las personas y otras medidas adoptadas por el Consejo de Ministros para hacer frente al COVID-19, les resultará de aplicación la tramitación de emergencia.” 2. Queda, por tanto, acreditado que la contratación del suministro referido por tramitación de emergencia, está plenamente justificada, a tenor de lo previsto en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, teniendo en cuenta que en caso de que no exista crédito adecuado y suficiente, una vez adoptado el acuerdo, se procederá a su dotación de conformidad con lo establecido en la Ley General Presupuestaria, según dispone el artículo anteriormente citado. Vistos el informe anteriormente citado, y en uso de la facultad que me confiere la legislación vigente.

3 30/04/2020 3
Categoría: Productos consumibles médicos no químicos desechables y productos consumibles hematológicos.

Ubicación

Ciudad Real

Contacto y Plazos

Duración

1 Meses

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