PRIMERO.- Adjudicar el contrato administrativo de servicios de “GABINETE DE PRENSA Y COMUNICACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE VILAMARXANT”, por el Procedimiento Abierto Simplificado, Tramitación Ordinaria y Varios Criterios de Adjudicación, con el contratista DIGVAL SPORT, SL, como la mejor oferta por la puntuación obtenida en base a la mejor calidad-precio, por un importe de 29.950,00 €/Dos Años, más 6.289,50 € de IVA, hace un total de 36.239,50 €/Dos años IVA incluido.
El contrato tendrá un plazo de vigencia de 2 años a contar desde el día siguiente al de la fecha de formalización del contrato o desde la fecha que se establezca en el documento de formalización.
El contrato podrá ser prorrogado por el órgano de contratación, por un plazo de 1 año más, siendo la prórroga obligatoria para el contratista, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato.
El empresario debe disponer de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior a 100.000 euros, y se compromete a renovar el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato.
SEGUNDO. Aprobar el reintegro del pago en exceso de la garantía definitiva de este contrato en 1.497,50 €, efectuado el 7/08/2018, como así mismo notificar al adjudicatario del contrato de servicios antes citado, el presente acuerdo y citarle para la firma del contrato que tendrá lugar en el Ayuntamiento de Vilamarxant.
TERCERO. Notificar la adjudicación a los candidatos que no han resultado adjudicatarios, o han sido excluidos/rechazados.
CUARTO. Publicar la adjudicación del contrato en el Perfil del Contratante, alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
QUINTO. Comunicar los datos básicos del contrato al Registro de Contratos del Sector Público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 346 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Publico.
SEXTO. Remitir al Tribunal de Cuentas u órgano externo de fiscalización de la Comunidad Autónoma, dentro de los tres meses siguientes a la formalización del contrato, una copia certificada del documento en el que se hubiere formalizado aquel, acompañada de un extracto del expediente en que se derive, siempre que la cuantía del contrato exceda de 150.000 euros.