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Adjudicada

Plan de asfaltado de Playa Honda. Calle Chimidas entre Calle Corbeta y Calle Princesa Ico.

Presupuesto Base

68.448,71

Sin Impuestos

68.448,71

Importe Total

73.240,12

Actualización: 23/08/2018 09:47

Adjudicaciones

Herederos de Juan Acuña, S.L.

B35247907

63.718,50€

Final: 59.550,00€

Mediante Decreto número 1883/2018, de 20 de agosto, del Concejal Delegado del Área de Economía y Hacienda, Contratación, Recursos Humanos, Régimen Interior y Nuevas Tecnologías, se resuelve entre otros lo siguiente: PRIMERO.- Calificar la documentación de carácter general a que se refiere el artículo 159 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y cláusula 21 del Pliego del Cláusulas Administrativas Particulares que rige la contratación, presentada por la mercantil HEREDEROS DE JUAN ACUÑA, S.L. con CIF B-35247907 mediante escrito con número 2018016649, de fecha 26-07-2018, de registro de entrada en este Ayuntamiento, con el resultado de favorable. SEGUNDO.- Adjudicar a la mercantil HEREDEROS DE JUAN ACUÑA, S.L. con CIF B-35247907 un contrato de obras para la ejecución del proyecto denominado “PLAN DE ASFALTADO DE PLAYA HONDA. CALLE CHIMIDAS ENTRE CALLE CORBETA Y CALLE PRINCESA ICO”, por importe de CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA EUROS, más CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y OCHO EUROS CON CINCUENTA CÉNTIMOS en concepto de 7% de IGIC, y plazo de ejecución UN (1) MES a contar a partir de la firma del acta de comprobación del replanteo, por haber presentado la mejor oferta para esta Administración siguiendo el orden en el que fueron clasificadas las proposiciones admitidas a licitación y que no fueron declaradas anormalmente bajas, atendiendo únicamente al único criterio de adjudicación señalado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige la contratación y que obligatoriamente fue el "Precio más bajo", con estricta sujeción al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, al Proyecto de Obras, a la Oferta Económica presentada en la fase de licitación del contrato, teniendo todos estos documentos carácter contractual, así como, a las instrucciones que le diere el Director de Obra y el Responsable del Contrato, cuando éste último sea designado por el órgano de contratación.

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