Teniendo en cuenta que la mesa de contratación del día 8 de junio de 2018, tras la apertura de sobres, admisión o exclusión de los 3 licitadores, y valoración de las ofertas económicas y de los demás criterios de adjudicación cuantificables automáticamente, propuso al órgano de contratación al adjudicatario mejor valorado, siendo la empresa MULTIANAU SL.
Habiendo comprobado su inscripción en el ROLECE, de acuerdo con la cláusula decimosexta del pliego, se le requirió para que presentase, dentro del plazo de 7 días hábiles, desde la fecha del envío de la comunicación, justificante de constitución de garantía definitiva así como para que aporte el compromiso a que se refiere el artículo 75.2 de la LCSP, (si fuera el caso) y la documentación justificativa de que dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2 LCSP.
Visto que con fecha 12 de junio presenta declaración responsable adscripción de medios y con fecha 14 de junio de 2018 se presenta en este Ayuntamiento Aval Bancario por parte de la empresa MULTIANAU, S.L en concepto de garantía definitiva, por importe de 1.651,32 euros, ,mediante Decreto de Alcaldía se adjudica a la empresa MULTIANAU, S.L, con CIF: B50819507, y domicilio en C/Guara, parcela 5D, nave 1, Cuarte de Huerva (Zaragoza) , el contrato de servicios de “LIMPIEZA DE LOS EDIFICIOS DEL AYUNTAMIENTO DE LECIÑENA (ZARAGOZA)”,