Dado que el Presupuesto Base de Licitación expresado en el apartado 4 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares se elevaba a 1.650,00 euros (impuestos incluidos), resulta la mejor oferta la presentada por ARSYS INTERNET, S.L.U., por importe de 900,24 euros (impuestos incluidos).
No obstante, y antes de proponerse adjudicación a ARSYS INTERNET, S.L.U., se considera que la oferta señalada, conforme a los supuestos referidos en el artículo 149 de la LCSP, es anormalmente baja, por lo que se requiere de la empresa justifique la viabilidad de su oferta.
Con fecha 27 de noviembre de 2023 se recibe de ARSYS INTERNET, S.L.U., la justificación requerida, que se ajusta a lo solicitado, por lo que se propone la adjudicación de la propuesta ofertada por ARSYS INTERNET, S.L.U ., previo requerimiento para que en el plazo de siete días se envíe la documentación prevista en la cláusula 12.5 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Dentro del plazo otorgado, la licitadora atiende al requerimiento formulado, presentando acreditación de hallarse en situación de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, y certificaciones positivas expedidas por la Administración del Principado, por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería de la Seguridad Social sobre la no existencia de deudas.
Por tanto, la Letrada designada por el órgano de contratación para la apertura, calificación y valoración de las ofertas conforme a lo establecido en la cláusula 12 del pliego de las administrativas particulares, eleva al órgano de contratación propuesta de adjudicación en favor de ARSYS INTERNET, S.L.U., por 900,24 €.