Con el objeto de mantener en buen estado las instalaciones de cada uno de los referidos centros, PROMÁLAGA se propuso contratar a una empresa con experiencia suficiente para el correcto desarrollo del contrato, por lo que lanzó un procedimiento con nº exp. L72 2023, abierto con pluralidad de criterios, sujeto a regulación armonizada, de acuerdo con lo establecido con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), con un valor estimado del contrato de 626.271,79 € (IVA excluido).
Transcurrido el plazo de presentación de proposiciones, se presentaron cinco empresas a la licitación, resultando las cinco admitidas. Abierta y analizada la propuesta presentada y, habiéndose realizado por la mesa de contratación una propuesta de adjudicación, se procedió a requerir a la empresa que había resultado propuesta, esto fue, CLECE, S.A., con CIF nº A-80.364.243, para que remitiese la documentación preceptiva antes de emitirse acuerdo de adjudicación.
Durante el plazo de aportación de la documentación para la adjudicación, el representación de CLECE, S.A., y el representante de la entidad AVIO SOLUCIONES INTEGRADAS, S.A.U., comunican formalmente que CLECE, S.A., ha llevado a cabo una operación societaria de segregación de unidad económica a favor de su filial AVIO SOLUCIONES INTEGRADAS, S.A.U.
Concretamente, en virtud de dicha operación, CLECE, S.A. ha traspasado en bloque y por sucesión universal la parte de su patrimonio consistente en la unidad económica de la actividad de servicios de mantenimiento, eficiencia energética y facility services en todo el territorio nacional, a la sociedad beneficiaria AVIO SOLUCIONES INTEGRADAS, S.A.U., llevándose a cabo esta operación de conformidad con lo establecido en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles y se encuentra debidamente inscrita en el Registro Mercantil.
Que, tal y como consta en los documentos remitidos, AVIO SOLUCIONES INTEGRADAS, S.A.U., cuenta con la solvencia económica y técnica necesaria para la ejecución del contrato objeto de la licitación, es por ello por lo que, Promálaga, en virtud de lo dispuesto en el artículo 144 de la LCSP, acepta la sucesión del licitador en el procedimiento referida y a tales efectos, se procede a resolver la licitación y adjudica el contrato con número de expediente L72/2023, por importe de 162.938,48 euros/año (IVA excluido) por el servicio de mantenimiento, así como 45.000 euros/año (IVA excluido) para Bolsa de trabajos de mantenimiento correctivo, a la empresa AVIO SOLUCIONES INTEGRADAS, S.A.U. (CIF nº: A87045498) al haber sido la puntuación obtenida (antes CLECE, S.A.), de 90,09 puntos.
La citada empresa ha presentado proposición que cumplía con lo requerido en pliegos, y ha presentado la oferta que en su conjunto resultaba con la mayor puntuación y por ello ha resultado adjudicataria.