Motivación para adjudicar a Rucecan, S.L.: Visto el expediente tramitado para la contratación de la obra de Demolición de las viviendas en ejecución de la sentencia del procedimiento ordinario 0001749/1998, a adjudicar mediante procedimiento abierto simplificado, varios criterios de adjudicación.
Teniendo en cuenta,
1. La aprobación del expediente de contratación por Resolución de esta Alcaldía de 17 de enero de 2023.
2. La reunión de la mesa de contratación de fecha 15 de mayo de 2023 en la que se asume como propio el Informe del Jefe del Ingeniero de Obras Públicas Municipal, de fecha 9 de mayo de 2023, por el que se eleva propuesta de adjudicación a favor de RUCECAN SL, por ser la mejor oferta relación calidad-precio.
3. La prestación por el adjudicatario de la garantía definitiva por importe de nueve mil novecientos noventa y seis euros con setenta céntimos (9.996,70 €), así como la presentación del resto de documentación requerida en el artículo 15.6 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. El aval de gestión de residuos se exigirá al adjudicatario antes del inicio de las obras.
4. Lo dispuesto en los artículos 150 y 151 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público.
Esta Alcaldía, en ejercicio de las atribuciones legalmente previstas en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, RESUELVE:
PRIMERO.- Adjudicar el contrato de la obra de Demolición de las viviendas en ejecución de la sentencia del procedimiento ordinario 0001749/1998, a RUCECAN SL, en el precio cierto de ciento noventa y nueve mil novecientos treinta y tres euros con noventa y seis céntimos (199.933,96 €), IVA no incluido, IVA: cuarenta y un mil novecientos ochenta y seis euros con trece céntimos (41.986,13 €), lo que hace un total de doscientos cuarenta y un mil novecientos veinte euros con nueve céntimos (241.920,09 €), IVA incluido, por ser la mejor oferta relación calidad-precio.