"PRIMERO.- Ratificar las actuaciones realizadas por el Órgano de Asistencia en el
procedimiento licitatorio.
SEGUNDO.- Admitir la oferta de las empresas, AYLA DISEÑO Y TECNOLOGIA S.L., y
SEGURIDAD Y REDES DE COMUNICACIÓN S.L.
TERCERO.- No admitir la oferta de la empresa TELEFONICA SOLUCIONES Y
COMUNICACIONES DE ESPAÑA SAU, al no haber presentado la documentación
requerida acreditativa de las especificaciones técnicas de los productos ofertados
CUARTO.- Clasificar a los licitadores cuya oferta ha sido admitida a licitación, por el
siguiente orden:
1º.- AYLA DISEÑO Y TECNOLOGIA S.L.
2º.- SEGURIDAD Y REDES DE COMUNICACIÓN S.L.
QUINTO.- Adjudicar el contrato de suministro, instalación y configuración de los
dispositivos de almacenamiento necesarios para realizar la ampliación de la capacidad de
almacenamiento del clúster de servidores y de la cabina de backup de la Diputación
Provincial de Guadalajara, a la empresa AYLA DISEÑO Y TECNOLOGIA S.L., al haber
quedado clasificada en primer lugar, de conformidad con la clasificación anterior, y cumplir
con lo requerido en los pliegos de condiciones, por un importe total de 40.831’45 €, de los
que 33.745’00 € corresponden a base imponible y 7.086’45 € corresponden a IVA, y en las condiciones de su oferta.
SEXTO.- Designar como responsable del contrato, al responsable de informática
municipal, D. Antonio Alcalá López, con las siguientes facultades:
- Supervisión la ejecución del contrato.
- Adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias al adjudicatario con el fin de
asegurar la correcta realización del objeto del contrato. En caso de que surjan
discrepancias con éste deberá ponerlo en conocimiento del órgano de contratación, a fin
de resolver como proceda. Igualmente en el caso de surgir alguna incidencia de relevancia
que pueda afectar a la correcta ejecución del suministro.
SÉPTIMO.- Publicar la presente Resolución en el perfil del contratante y comunicar la
misma a los licitadores, requiriendo al adjudicatario la formalización el contrato con la
aceptación de esta Resolución."
Lo que se le notifica, significándole que contra la presente, puede interponer
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día
siguiente al de su notificación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional
contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
No obstante, potestativamente puede interponer recurso de reposición, ante el
mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes contado a partir del día
siguiente al de su notificación, de conformidad con los arts. 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Todo ello, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que estime
procedente.