La propuesta de UTE CAT SEVILLA DOC 2001 S.L.-AOSSA GLOBAL S.A, queda clasificada en primer lugar en atención al resultado obtenido en la valoración de los criterios determinados en el apartado 7 del Anexo I del PCAP, habiendo obtenido un total de 87,80 puntos de los 100 posibles. En la valoración del proyecto técnico ha obtenido 40 puntos y en relación a los criterios valorables automáticamente ha obtenido un total de 47,797 puntos distribuidos de la siguiente manera: 17,80 puntos corresponden a la proposición económica, de los cuales 12,71 puntos corresponden a la proposición económica presentada en el Concepto A, 2,407 puntos corresponden al porcentaje de baja ofertado del 24,92% aplicable sobre los precios unitarios del Concepto B y 2,68 puntos corresponden al porcentaje de baja ofertado del 24,92% aplicable sobre los precios unitarios del Concepto C; 18 puntos por el incremento del número de salidas/excursiones y 12 puntos por el incremento adicional al mínimo obligatorio del 10% en la condición especial de ejecución nº 12.17 del apartado B de la cláusula 12 del PCAP.La propuesta de GRUPO 5 ACCIÓN Y GESTIÓN SOCIAL S.A.U., queda clasificada en segundo lugar en atención al resultado obtenido en la valoración de los criterios determinados en el apartado 7 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, habiendo obtenido un total de 78,23 puntos de los 100 posibles. En la valoración del proyecto técnico ha obtenido 37 puntos y en relación a los criterios valorables automáticamente ha obtenido un total de 41,225 puntos distribuidos de la siguiente manera: 11,23 puntos corresponden a la proposición económica, de los cuales 6,38 puntos corresponden a la proposición económica presentada en el Concepto A, 2,415 puntos corresponden al porcentaje de baja ofertado del 24,92% aplicable sobre los precios unitarios del Concepto B y 2,43 puntos corresponden al porcentaje de baja ofertado del 24,92% aplicable sobre los precios unitarios del Concepto C; 18 puntos por el incremento del número de salidas/excursiones y 12 puntos por el incremento adicional al mínimo obligatorio del 10% en la condición especial de ejecución nº 12.17 del apartado B de la cláusula 12 del PCAP.La propuesta de FUNDACION SAMU, queda clasificada en tercer lugar en atención al resultado obtenido en la valoración de los criterios determinados en el apartado 7 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, habiendo obtenido un total de 66,23 puntos de los 100 posibles. En la valoración del proyecto técnico ha obtenido 34 puntos y en relación a los criterios valorables automáticamente ha obtenido un total de 32,226 puntos distribuidos de la siguiente manera: 9,23 puntos corresponden a la proposición económica, de los cuales 4,25 puntos corresponden a la proposición económica presentada en el Concepto A, 2,416 puntos corresponden al porcentaje de baja ofertado del 24,92% aplicable sobre los precios unitarios del Concepto B y 2,56 puntos corresponden al porcentaje de baja ofertado del 24,92% aplicable sobre los precios unitarios del Concepto C; 11 puntos por el incremento del número de salidas/excursiones y 12 puntos por el incremento adicional al mínimo obligatorio del 10% en la condición especial de ejecución nº 12.17 del apartado B de la cláusula 12 del PCAP.