consta que, todas las ofertas técnicas presentadas y admitidas han superado la puntuación necesaria para obtener una calidad técnica suficiente, de conformidad con la valoración de la puntuación relativa a la proposición técnica efectuada por la Comisión Técnica en su Informe de fecha 2 de mayo de 2022, que igualmente sirve de motivación a la presente Resolución.
Una vez realizada en acto público la apertura de las ofertas económicas, de conformidad con lo estipulado en el artículo 149 de la LCSP, se determinó que las ofertas presentadas por las mercantiles Construcciones Rascón, S.L.U. y Atfortis, S.L., se encontraban incursas en presunción de anormalidad por sus bajos importes ofertados y se requirió a dichas licitadoras para que aportaran la documentación complementaria que permitiera, en su caso, tomar en consideración sus ofertas.
De las dos licitadoras requeridas, únicamente la mercantil Construcciones Rascón, S.L.U. presentó documentación justificativa para que su oferta pudiera ser tomada en consideración, mientras que la licitadora Atfortis, S.L. no presentó documentación alguna. El Secretario remitió a la Comisión Técnica la documentación de Construcción Rascón, S.L.U. para su análisis y valoración que, tras el detallado estudio de la misma, según consta en el Informe redactado al efecto de fecha 2 de junio de 2022, y a cuyo contenido íntegro se remite la presente Resolución a los efectos de su motivación, se concluyó que, una vez analizada la documentación recibida de la mercantil Construcciones Rascón, S.L.U., los técnicos que suscriben estiman insuficientes las alegaciones presentadas por esta empresa licitadora en cuestión, por entender que no establece procedimientos de ejecución que permitan ahorros significativos, ni soluciones técnicas, ni condiciones excepcionalmente favorables o soluciones innovadoras u originales para suministrar productos o ejecutar las obras, ni la obtención de una ayuda del Estado, que justifiquen los precios ofertados y, en consecuencia, la Mesa de Contratación propuso inadmitir las ofertas presentadas por las mercantiles Construcciones Rascón, S.L.U. y Atfortis, S.L. de forma que sus respectivas ofertas no han sido tenidas en cuenta en la clasificación final del presente procedimiento de contratación al no haber justificado suficientemente las bajas ofertadas, todo ello, según cuanto queda recogido en el citado Informe y en el Acta de 13 de mayo de 2022.
Por último, la Mesa de Contratación, a la vista del resultado de las puntuaciones económicas y la clasificación final de las empresas licitadoras admitidas al procedimiento de licitación, ponderando el conjunto de las valoraciones efectuadas, y los citados Informes de la Comisión Técnica, elevó al Órgano de Contratación propuesta de adjudicación a favor de la mercantil Ingeniería de Suelos y Explotación de Recursos, S.A. por considerar que es la oferta que representa la mejor relación calidad-precio.