Resultando que, convocado procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación para contratar el servicio de limpieza en instalaciones adscritas al Patronato Deportivo Municipal, se presentaron proposiciones por las empresas “ISS, Soluciones de Limpieza Direct, S.A.”, “Eulen, S.A.” e “ITMA, S.L.U.”.
Resultando que, con fecha 24 de junio de 2016, se reunió la mesa de contratación para examinar y calificar la documentación administrativa presentada por los licitadores, y seguidamente, en acto público, se procedió a la apertura y lectura de la documentación que obra en el sobre “B”, relativa a criterios cuya valoración no responde a fórmulas aritméticas, con el siguiente resultado: “ISS, Soluciones de Limpieza Direct, S.A.”, 20 puntos; “Eulen, S.A.”, 10 puntos, e “ITMA, S.L.U.”, 1 punto.
Resultando que, reunida la mesa de contratación el 13 de julio de 2016, se procedió a la apertura y lectura de la documentación de los sobres “C”, relativa a criterios cuya valoración responde a fórmulas aritméticas, cuya valoración arrojó el siguiente resultado: “ISS, Soluciones de Limpieza Direct, S.A.”, 77,51 puntos; “Eulen, S.A.”, 80 puntos, e “ITMA, S.L.U.”, 74,13 puntos.
Resultando que, una vez sumadas las puntuaciones obtenidas por los licitadores, las ofertas presentadas quedaron clasificadas, por orden decreciente, de la siguiente forma: “ISS, Soluciones de Limpieza Direct, S.A.”, 97,51 puntos; “Eulen, S.A.”, 90 puntos, e “ITMA, S.L.U.”, 75,13 puntos.
Resultando que, a la vista de lo anterior, se requirió a la empresa “ISS Soluciones de Limpieza Direct, S.A.” para que aportara en el plazo de diez días hábiles la documentación relacionada en el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y que la referida empresa cumplimentó el trámite en tiempo y forma.
Resultando que existe consignación presupuestaria para hacer frente a las obligaciones derivadas de la ejecución del presente contrato, según consta en informe de intervención de fecha 29 de abril de 2016.
Vista la disposición adicional segunda, primer apartado, del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como el artículo 9 m) de los Estatutos del Patronato Deportivo Municipal, el Consejo Rector aprueba inicialmente: