Doña Carmen Noguero Galilea, Secretaria General del “Instituto Cervantes”, nombrada mediante Orden
AUC/971/2018, de 18 de septiembre de 2018, (BOE de 22 de septiembre de 2018) interviene en nombre
y representación de dicho organismo, en virtud de las facultades que le fueron delegadas mediante
Resolución de 18 de enero de 2021 (BOE de 28 de enero de 2021).
R E S U E L V O
Adjudicar el contrato de servicios auxiliares de atención a la centralita telefónica del Instituto, y a la
recepción y atención al público en las dependencias de la Sede Central del Instituto Cervantes, situadas
en Madrid a SPEZIAL OUTSOURCING, S.L., por un importe de 39.876,00 € (Treinta y nueve mil
ochocientos setenta y seis euros), IVA no incluido.
Dicha adjudicación viene determinada por el resultado de la puntuación, otorgada a cada una de las
ofertas, siendo la SPEZIAL OUTSOURCING, S.L., la que obtiene mayor puntuación de la suma de los
criterios automáticos y los criterios dependientes de un juicio, en relación a las otras ofertas presentadas
y admitidas, con el resultado siguiente:
• SPEZIAL OUTSOURCING, S.L 90,30 puntos
• AUXTEGRA INTEGRACIÓN SOCIAL S.L. 87,91 puntos
• INTEGRA MANTENIMIENTO GESTION Y SERVICIOS
INTEGRADOS CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO, S.L. 84,92 puntos
• ANDANZA EMPLEA S.L 79,79 puntos
• UTE INSTITUTO CERVANTES BETAN, S.A. - SERVINFORM, S.A. 57,47 puntos
Contra la presente resolución cabe interponer, a tenor de lo dispuesto en el artículo 44 de la la Ley
9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26
de febrero de 2014, el recurso especial en materia de contratación en el plazo de quince días hábiles
contados a partir del siguiente a aquel en que se remita la notificación del acto impugnado, con carácter
previo al recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Audiencia Nacional, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y en el artículo 27 de la Ley
9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, sin perjuicio de que los interesados puedan
ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.
Lo que dispongo
LA SECRETARIA GENERAL
D.ª Carmen Noguero Galilea